¿Sabías que tienes hasta el 31 de diciembre de 2024 para solicitar tu Kit Digital? Si tienes un negocio de menos de 250 empleados, o eres autónoma o autónomo, puedes realizar tu solicitud para recibir esta ayuda que cuenta con bonos desde 2.000 hasta 29.000 euros. Pero, ¿son estos los únicos plazos del Kit Digital a tener en cuenta? Nosotros te damos la respuesta. Tan importantes como la fecha final para formar parte de este programa son los plazos de consumo del bono así como las justificaciones de la prestación de servicio. ¿Quieres conocerlos? No busques más porque hoy te vamos a explicar hasta cuándo puedes pedir el kit, cuánto tiempo dura esta ayuda del Gobierno y cuándo se pueden implementar las soluciones digitales solicitadas.
“Quiero presentar mi solicitud para recibir las ayudas del Kit Digital, ¿estoy a tiempo?” Si te estás haciendo esta pregunta tienes que saber que, gracias a una reciente ampliación por parte del Gobierno, cualquier entidad con un máximo de 250 trabajadores podrá solicitar el Kit Digital hasta el próximo 31 de diciembre de 2024 a las 11:00 horas.
¿Has recibido la confirmación de Red.es por la que se acepta tu solicitud para formar parte del programa del Kit Digital? En el momento en el que se te ha notificado el importe de la ayuda a percibir comienza la cuenta atrás para utilizar este bono. ¿De cuánto tiempo estamos hablando? Tal y como se indica en la página oficial de Red.es, desde la notificación de la concesión hay que contar seis meses para llevar a cabo las siguientes acciones:
1. Decidir la o las soluciones digitales que se llevarán a cabo para digitalizar tu empresa. Por ejemplo, la creación de la página web, la gestión de redes sociales o el posicionamiento SEO en los motores de búsqueda.
2. Ponerte en contacto con el agente digitalizador encargado de implementar los servicios que has elegido. ¿Quieres saber si goOne encaja en las necesidades de tu negocio? Búscanos en el catálogo de digitalizadores adheridos.
3. Firmar con el agente que hayas seleccionado el acuerdo de prestación de servicios.
Te recomendamos que cumplas estos plazos porque, si pasados los seis meses no se ha consumido todo el bono, el importe restante se perderá. Es decir, que ya no podrás volver a invertirlo.
Ya has elegido los servicios y tu agente, y ahora, ¿cuál es el siguiente paso? Tras la firma de prestación de servicios comienza una nueva fase: la implementación de la o las soluciones digitales. Para demostrar que ésta se ha llevado a cabo, el agente digitalizador deberá presentar una justificación una vez ha finalizado esta fase. Pues bien, todo este proceso también debe cumplir con sus propios plazos. En este caso, la responsabilidad recae principalmente sobre el agente aunque, tanto el autónomo como el negocio beneficiario, también deben estar atentos. Otro detalle importante a tener en cuenta es que los plazos para justificar el Kit Digital e implementar los servicios son distintos para las empresas del Segmento I.
Desde que has firmado el acuerdo con el agente digitalizador hasta la fecha final para la implantación de las soluciones digitales tienen que pasar, como máximo, tres meses. Es decir, que en el momento de la firma empieza a contar el tiempo para la implementación del Kit Digital. En este tiempo el agente digitalizador deberá realizar las acciones necesarias para poner en marcha los servicios contratados. Además, tendrá que emitir la primera factura, de la cual el beneficiario sólo tendrá que asumir el IVA. Cabe señalar que este importe podrá deducirse en la trimestral. Respecto al pago de esta factura, nos encontramos con dos casos: el de las empresas pertenecientes al Segmento I (de entre 10 y 50 empleados) y el de las empresas de los Segmentos II, III, IV y V. Las primeras tendrán que abonarla durante esos tres meses mientras que las segundas cuentan con una ampliación de otros tres meses para realizar su pago. Es decir, que tienen seis meses en total.
Este punto está especialmente dirigido a los agentes digitalizadores, ya que son estos los encargados de preparar y presentar la justificación de los trabajos realizados. En este caso, en el momento de emisión de la factura se empiezan a contar doce meses para la prestación de servicios. Una vez transcurrido todo este tiempo, comienza un nuevo periodo de tres meses durante los cuales el agente digitalizador deberá presentar una segunda justificación.
Para finalizar, toca hablar de los plazos de pago del Kit Digital por parte de las empresas y autónomos beneficiarios de esta ayuda. Aquí nos encontramos ante dos momentos de pago, independientemente del acuerdo que se haya firmado con el agente:
Primer pago: al finalizar la fase de implementación y tras su justificación. Este pago será del 30%, o del 40% en el caso de la gestión de redes.
Segundo pago: cuando han transcurrido los doce meses de prestación de servicio y el agente ha justificado correctamente su trabajo. Este pago es del 70%, o del 60% para la gestión de redes.
Como has podido comprobar, si quieres formar parte del programa de Kit Digital tienes que estar pendiente de cumplir con los plazos correspondientes a cada fase. Por eso, para ponerte las cosas más fáciles, te hemos presentado las fechas más importantes en este artículo.
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