¿Has recibido tu bono digital y estás buscando un agente digitalizador en Madrid? ¡Estás de suerte! Somos un Agente Digitalizador Adherido (ADA) al programa Kit Digital. Desde 2014 estamos especializados en Sitio web y presencia básica en internet, Presencia avanzada en internet SEO, Comercio electrónico y Gestión de Redes Sociales.
¿Te gustaría aparecer en los primeros resultados de Google? ¿Necesitas darte a conocer ante tus clientes con una nueva página web? ¿Quieres vender tus productos en una tienda online? Con nuestra atención personalizada podrás mejorar tu presencia online, llegar a más clientes y aumentar tu competitividad. ¿Quieres saber cómo acceder a estas ayudas y transformar tu negocio? ¡Contáctanos! Te vamos a ayudar a aprovechar al máximo tu Kit digital.
El Kit Digital es una iniciativa del Gobierno de España destinada a impulsar la digitalización de PYMES y autónomos. Con la ayuda económica del bono digital, podrás acceder a soluciones como la presencia avanzada en internet, la creación de páginas web y comercios electrónicos o la gestión de redes sociales. El objetivo del programa es mejorar la competitividad y eficiencia de los negocios mediante la transformación digital. Si quieres saber más al respecto, puedes visitar nuestro artículo ¿Qué es el Kit Digital para empresas?
Pueden solicitar el Kit Digital las PYMES, microempresas y autónomos de España que cumplan con los siguientes requisitos:
1. Ser una pequeña empresa, microempresa o autónomo con menos de 250 empleados.
2. Estar al día con las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
3. No estar en situación de crisis económica según la normativa europea.
4. No superar el límite de ayudas de minimis (200.000 € en tres años fiscales).
5. Estar inscrito en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Tributaria.
Para solicitar el Kit Digital, sólo tienes que seguir estos pasos:
1. Regístrate en Acelera Pyme: accede a la web oficial www.acelerapyme.gob.es y regístrate en el área privada.
2. Completa el test de autodiagnóstico: este paso te ayudará a evaluar el nivel de digitalización de tu negocio y a identificar cuáles son las soluciones más adecuadas para tu empresa.
3. Consulta el catálogo de soluciones digitales: tienes varias categorías para elegir: creación de sitios web, presencia avanzada en internet (SEO), comercio electrónico, ciberseguridad y gestión de redes sociales, entre otros.
4. Selecciona un agente digitalizador: escoge tu agente digitalizador adherido para que implemente las soluciones digitales que has elegido. Puedes encontrarlo en el catálogo de agentes digitalizadores. Una vez dentro, podrás filtrar por el tipo de solución, por el tipo de actividad económica, o CNAE o por la provincia en la que opera o en la que se encuentra su sede. Si quieres más información sobre nuestros servicios, puedes encontrar a goOne dentro del catálogo de agentes digitalizadores adheridos.
5. Solicita la ayuda: presenta tu solicitud a través de la sede electrónica de Red.es. Para ello, necesitarás disponer de un certificado digital. Una vez presentada, hay que esperar la notificación de la concesión. En 2025 están tardando alrededor de 1 mes en dar respuesta, aunque estos plazos dependen del volumen de solicitudes y de la revisión de la documentación presentada. El estado de la solicitud se puede consultar en la propia sede electrónica de Red.es. Si la ayuda es aprobada, recibirás una notificación oficial a través de la misma plataforma o por correo electrónico, indicando el importe del bono digital concedido y los pasos a seguir para formalizar el acuerdo con el agente digitalizador. La cantidad a recibir dependerá del número de empleados de tu empresa:
Segmentos de beneficiarios | Nº empleados | Importe del bono digital (€) |
---|---|---|
Segmento V | Entre 100 y menos de 250 empleados | 29.000 |
Segmento IV | Entre 50 y menos de 100 empleados | 25.000 |
Segmento III | Entre 0 y menos de 3 empleados | 3.000 |
Segmento II | Entre 3 y menos de 10 | 6.000 |
Segmento I | Entre 10 y menos de 50 | 12.000 |
Fuente: BOE
6. Firma el acuerdo de prestación de soluciones: puna vez aprobado el bono digital, firma el acuerdo con el agente digitalizador para iniciar el proceso de digitalización. El agente, en función de las necesidades de la PYME, dará de alta las soluciones a través de un acuerdo por cada solución. Para dar de alta este acuerdo sólo es necesario el DNI o CIF del beneficiario.
El proceso es sencillo, pero es importante cumplir con todos los requisitos y presentar la documentación correcta para agilizar la aprobación de la ayuda. Si tienes alguna duda, puedes encontrar información ampliada en nuestro artículo Cómo solicitar el Kit Digital.
El programa de Kit Digital ha sufrido varias modificaciones con el fin de que un mayor número de empresas y autónomos puedan beneficiarse de esta ayuda. ¿Quieres conocer cuáles son las novedades del Kit Digital 2025?
Entre las novedades del programa del Kit Digital para 2025, Red.es ha incluido la ampliación de la ayuda a las empresas pertenecientes al segmento III. Con esta medida, los autónomos y empresas beneficiarias podrán disfrutar de un bono total de 3.000 euros. Lo mejor de todo es que esta modificación tiene carácter retroactivo por lo que, si ya habías pedido esta ayuda previamente o tu bono digital ya se había consumido, tendrás la opción de solicitar esos 1.000 euros restantes . Puedes hacerlo seleccionando el botón habilitado en tu expediente y firmando la conformidad. Una vez lo hagas, recibirás la concesión automáticamente.
Las buenas noticias siguen para los autónomos y empresas del segmento III con la creación de una nueva solución digital: Puesto de trabajo seguro . Se trata de un hardware encriptado con el que se busca aumentar la seguridad y privacidad de datos. Además, permitirá mejorar la productividad de los beneficiarios con la automatización de tareas. Esta solución será subvencionada con un máximo de 1.000 euros y tendrá que combinarse con otra de las que podrás encontrar en el catálogo de soluciones de digitalización.
A los 3 segmentos que ya podían solicitar el bono del Kit Digital se han añadido otros dos:
Segmento IV : compuesto por las empresas que cuenten en su plantilla con un mínimo de 50 empleados y un máximo de 100. La ayuda asignada será de 25.000 euros.
Segmento V : formado por empresas de entre 100 y 250 trabajadores. En este caso, el bono asciende a los 29.000 euros.
Estos nuevos beneficiarios ya pueden solicitar su ayuda en la 5ª convocatoria del Programa Kit Digital.
El Kit Digital ofrece soluciones en 17 categorías: sitio web y presencia en internet, comercio electrónico, gestión de redes sociales, gestión de clientes (CRM), business intelligence y analítica, herramientas de oficina virtual, gestión de procesos, factura electrónica, comunicaciones seguras, ciberseguridad, presencia avanzada en internet, marketplace, servicio de ciberseguridad gestionada, gestión de clientes con IA asociada, business intelligence y analítica e IA asociada, gestión de procesos con IA asociada y puesto de trabajo seguro. Cada solución está diseñada para mejorar la digitalización y competitividad de PYMES y autónomos. Es importante recalcar que la ayuda total recibida se tiene que dividir en las distintas soluciones del Kit. En otras palabras, no se puede invertir el importe total del bono en SEO, por ejemplo. Además, cada una tiene un tope presupuestario. En el caso del Sitio web y presencia básica en Internet (solución exclusiva para los segmentos I,II y III), la ayuda es de hasta 3.000 €. Para presencia avanzada en internet, comercio electrónico y gestión de redes sociales, hasta 5.000 €.
Categorías de Soluciones de Digitalización | Segmento IV 50 ‐<100 empleados | Segmento IV 100 ‐<250 empleados | Segmento III 0 ‐<3 empleados | Segmento II (3-<10 empleados) | Segmento I (10-<50 empleados) |
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Sitio web y presencia en Internet | No disponible para este segmento | No disponible para este segmento | 3.000€ | 2.000€ | 2.000€ |
Comercio electrónico | 5.000€ | 5.000€ | 3.000€ | 2.000€ | 2.000€ |
Gestión de redes sociales | 5.000€ | 5.000€ | 3.000€ | 2.500€ | 2.500€ |
Presencia Avanzada en Internet | 5.000€ | 5.000€ | 3.000€ | 2.000€ | 2.000€ |
Esta solución permite a las PYMES crear o mejorar su página web para destacar en el entorno digital. Incluye sitios autogestionables que se adaptan a móviles y tablets, ayudando a gestionar la imagen de marca, atraer clientes y facilitar la comunicación. Tener un sitio web es clave para aumentar la visibilidad y captar leads en un mercado competitivo.
Importe del bono: hasta 3.000 €.
Está pensado para empresas que buscan vender productos o servicios online. Incluye gestión de inventario, pagos seguros y opciones de envío. Además, permite actualizar catálogos y gestionar pedidos fácilmente. Tener una tienda online garantiza disponibilidad 24/7, adaptándose a los hábitos digitales de los consumidores.
Importe del bono: hasta 5.000 €.
Ayuda a las empresas a conectar con su audiencia mediante la creación y difusión de contenido en redes sociales como Facebook, Instagram, Twitter y LinkedIn. Ofrece herramientas para programar publicaciones y analizar su rendimiento, optimizando la comunicación con los clientes.
Importe del bono: hasta 5.000 €.
Facilita la administración de relaciones con clientes, centralizando información y automatizando tareas para optimizar la experiencia del usuario. Un CRM permite personalizar ofertas y mejorar la retención de clientes al basarse en datos precisos.
Importe del bono: hasta 14.000 €.
Estas herramientas transforman datos en información estratégica para la toma de decisiones. Ayudan a identificar tendencias y optimizar operaciones mediante análisis en tiempo real, dando a las empresas una ventaja competitiva.
Importe del bono: hasta 8.000 €.
Ideal para mejorar la colaboración y productividad en equipos remotos o híbridos. Incluye herramientas para comunicación en tiempo real, gestión de proyectos y reuniones virtuales, optimizando la coordinación y ejecución de tareas./p>
Importe del bono: hasta 29.000 €.
Automatiza flujos de trabajo internos, eliminando tareas repetitivas y aumentando la eficiencia operativa. Esto reduce errores, costes y permite a las empresas enfocarse en iniciativas estratégicas.
Importe del bono: hasta 18.000 €.
Digitaliza el proceso de facturación, mejorando la eficiencia administrativa y reduciendo errores. Facilita la trazabilidad financiera y el cumplimiento de normativas fiscales, optimizando la gestión contable.
Importe del bono: hasta 3.000 €.
Asegura el intercambio de información sensible, tanto interna como externamente, mediante sistemas de encriptación. De esta manera se protegen los datos críticos de la empresa y se refuerza la confianza con clientes y socios.
Importe del bono: hasta 29.000 €.
Protege la información corporativa frente a ciberamenazas, garantizando la integridad de datos y el cumplimiento normativo. Incluye medidas contra ransomware, phishing e intrusiones y protege tanto la información interna como las comunicaciones externas.
Importe del bono: hasta 29.000 €.
Optimiza la visibilidad online mediante estrategias SEO que mejoran el posicionamiento en motores de búsqueda como Google. Aumenta el tráfico orgánico y las oportunidades de conversión y de venta, haciendo que los negocios sean competitivos digitalmente.
Importe del bono: hasta 5.000 €.
Permite integrar productos en plataformas de venta online, alcanzando una audiencia global. Facilita la gestión centralizada de ventas e inventario, aumentando la visibilidad y las oportunidades de negocio.
Importe del bono: hasta 2.000 €.
Esta categoría tiene como propósito ofrecer un servicio que combina tecnologías de detección y respuesta en endpoints (EDR) con soluciones gestionadas de detección y respuesta (MDR). Permite identificar incidentes de ciberseguridad en tiempo real y actuar de manera ágil y efectiva para mitigarlos.
Importe del bono: hasta 29.000 €.
Esta solución pone en relieve la formación en inteligencia artificial con el fin de mejorar la eficiencia de los procesos y agilizar la interacción y gestión de relaciones con los clientes.
Importe del bono: hasta 24.000 €.
Esta categoría se enfoca en la inteligencia artificial aplicada al análisis de datos y Business Intelligence para mejorar la toma de decisiones estratégicas de las empresas. .
Importe del bono: hasta 9.000 €.
El objetivo de esta solución es digitalizar y automatizar los procesos relacionados con la operativa y la producción de la empresa. Para ello, se recurre a la formación especializada en inteligencia artificial (IA) aplicada a la gestión de procesos. Esto permite mejorar la eficiencia y optimizar las operaciones internas.
Importe del bono: hasta 19.000 €.
Si gestionas una microempresa del segmento III, con esta solución podrás beneficiarte de un entorno de trabajo seguro que te permita incrementar y mejorar tu productividad.
Importe del bono: hasta 1.000 €.
01. SITIO WEB Y PRESENCIA BÁSICA EN INTERNET. 02. PRESENCIA AVANZADA EN INTERNET (SEO). 03. COMERCIO ELECTRÓNICO. 04. GESTIÓN DE REDES SOCIALES.
Los plazos del Kit Digital para solicitar las ayudas a PYMES y autónomos en 2025 varían según el segmento empresarial. La fecha límite para empresas de los segmentos I, II y III finalizó el pasado 31 de diciembre de 2024.
En el caso de las comunidades de bienes, sociedades civiles con fines mercantiles, sociedades civiles profesionales y explotaciones agrarias de titularidad compartida correspondientes a los segmentos I, II y III, el plazo para presentar la solicitud estará abierto hasta el 31 de octubre de 2025 a las 11:00 horas.
Para los segmentos IV y V, las solicitudes podrán presentarse hasta el 30 de junio de 2025 a las 11:00 horas.
Es importante tener en cuenta que estos plazos están sujetos a posibles modificaciones. Te recomendamos que consultes fuentes oficiales, como la sede electrónica de Red.es o la plataforma Acelera Pyme, si quieres obtener información actualizada y detallada sobre las convocatorias y requisitos del programa.
El programa de Kit Digital se divide en 2 fases: la Fase 1 de Implementación y la Fase 2 de Prestación del servicio:
Una vez Red.es ha validado el acuerdo de prestación, empieza la Fase de Implementación, que tendrá una duración de 3 meses. Es aquí cuando nosotros, el agente digitalizador, nos encargamos de la implantación de la solución que haya elegido la empresa o el trabajador autónomo. Durante esta fase, en los 3 primeros meses desde la firma del acuerdo, goOne será la responsable de emitir una factura por solución. El beneficiario sólo tendrá que abonar el IVA y el plazo para hacerlo es de 6 meses desde la firma del acuerdo. Una vez finalizada la implementación, tendremos tres meses para presentar la primera justificación por el trabajo realizado.
Tras validarse la factura, da comienzo la segunda fase del Kit Digital. El plazo que tiene el agente digitalizador para llevar a cabo los servicios contratados por el beneficiario es de 12 meses. ¿Y cuál es el siguiente paso? Transcurridos estos meses, y tras la finalización de la prestación, goOne cuenta con un plazo de 3 meses para presentar la segunda justificación. En el caso de que sea aprobada, recibirá el segundo y último pago.
El plazo máximo para presentar la primera justificación es de 6 meses a partir de la fecha de validación del acuerdo entre beneficiario y agente digitalizador adherido. Si transcurre este plazo sin que se haya presentado, tanto el agente como el beneficiario recibirán una notificación solicitando que la justificación se presente dentro de los 15 días hábiles siguientes. Si no se presenta dentro de este tiempo, se perderá el derecho al cobro del importe total del acuerdo y se asumirán las responsabilidades correspondientes. ¿Qué ocurre si se presenta y se solicita una subsanación? En este caso, el agente digitalizador adherido se encargará de corregir los puntos indicados sin necesidad de que la PYME tenga que aceptar las correcciones.
Una vez finalizado el periodo de prestación del servicio, que será de al menos 12 meses, podrá presentarse la justificación correspondiente a la fase 2. El plazo para presentar la justificación es de 3 meses desde la finalización del mantenimiento del servicio. Si no se presenta dentro del plazo establecido, será requerida al agente digitalizador adherido y se informará al beneficiario para que la entregue en un plazo improrrogable de 15 días hábiles. Para poder presentar esta solución, la PYME tiene que validarla nuevamente. El incumplimiento de este plazo conlleva el reintegro de la ayuda asociada a la fase 1 y la pérdida del derecho a percibir la ayuda de la fase 2.
La factura la emite el Agente Digitalizador Adherido una vez que se inicia la prestación de servicio. Se emite una factura por cada solución adherida y el beneficiario tiene la obligación de abonar únicamente el IVA de dicha factura en los 6 primeros meses de la prestación del servicio. Si el IVA se paga con retraso se recibe una penalización por parte de Red.es proporcional al retraso de dicho pago. Las facturas tienen que llevar incorporado el siguiente texto en un lugar legible: Financiado por el Programa KIT Digital. Plan de Recuperación,Transformación y Resiliencia de España. Next Generation UE. IMPORTE SUBVENCIONADO: 2.000€.
Sí, como beneficiario del Kit Digital debes pagar el IVA de los servicios contratados con el agente digitalizador. Aunque el Kit Digital cubre una parte del coste de las soluciones digitales (según la ayuda asignada al beneficiario), el IVA no está cubierto por la subvención. El beneficiario deberá abonar el IVA correspondiente al coste total del servicio, que será facturado aparte del importe de la ayuda.
Para poder acceder al Kit Digital, es imprescindible cumplir con ciertos requisitos previos. Entre ellos, es necesario estar dado de alta en Hacienda y en la Seguridad Social por un mínimo de seis meses, estar al día con las obligaciones fiscales y no encontrarse en una situación de crisis empresarial o en concurso de acreedores. Estos criterios son fundamentales para garantizar que la ayuda se destine a aquellos que cumplen con la normativa.
Los autónomos que sean beneficiarios del Kit Digital deben cumplir también una serie de obligaciones para evitar problemas durante el proceso. Una vez que la ayuda es concedida, el beneficiario debe invertir en una solución digital específica y justificar el uso de los fondos a través de un agente digitalizador autorizado. Este agente es el encargado de emitir las facturas, supervisar que la solución se implemente correctamente y rendir cuentas ante Red.es, el organismo encargado de supervisar el programa. La justificación de la ayuda incluye demostrar que los fondos se han utilizado de manera correcta, evitando cualquier mal uso. Asimismo, Red.es puede solicitar información adicional sobre la solución digital implementada para verificar que se han cumplido los objetivos del programa. Además, los beneficiarios están obligados a colaborar en caso de auditoría, proporcionando documentación de respaldo, como facturas y contratos que justifiquen el uso de la ayuda. Estos procedimientos aseguran que los fondos públicos se utilicen de acuerdo con su propósito original.
Es importante destacar que los beneficiarios deben mantener su estatus de autónomo durante los doce meses que dure el servicio financiado por el Kit Digital. Si el autónomo se da de baja antes de este plazo, se podría exigir la devolución de la ayuda recibida, junto con los intereses correspondientes. Asimismo, los beneficiarios deben informar si han recibido otras subvenciones y mantener un registro adecuado de los fondos recibidos, asegurándose de que se registren correctamente como subvenciones y no como gastos. Según la normativa, no se puede recibir dos ayudas para financiar el mismo servicio o solución, como por ejemplo, la implementación de un sistema de facturación electrónica. Esto asegura que las ayudas se están distribuyendo de forma justa y que cada fondo tiene un propósito claro y exclusivo.
Además, es obligatorio formalizar un contrato con el agente digitalizador antes de iniciar la implementación de la solución digital. Este documento debe garantizar que, tanto el beneficiario como el agente adherido, van a cumplir con sus obligaciones.
La respuesta es sí. Tras recibir la notificación de concesión del bono, la empresa beneficiaria cuenta con un plazo máximo de seis meses para formalizar un acuerdo con un agente digitalizador. Este paso es imprescindible porque, si el contrato no se firma, se perderá el bono y, con ello, la subvención. Por este motivo, te recomendamos que comiences este trámite lo antes posible una vez que te hayan notificado la concesión de las ayudas.
¿Puedo recuperar el bono si ha caducado? En este caso, no tendrás la posibilidad de renovarlo. No obstante, podrás participar en futuras convocatorias, ya que no perderás este derecho.
El agente digitalizador recibe el pago de la ayuda directamente de Red.es, una vez que el beneficiario ha cumplido con los requisitos establecidos y se ha formalizado el acuerdo. El pago se realiza mediante el bono digital que la empresa recibe, y el agente digitalizador es quien lo cobra por los servicios prestados en la implementación de la solución digital.
Es importante destacar que el beneficiario no paga directamente al agente digitalizador, ya que la ayuda cubre el coste de la solución digital adquirida dentro de los límites del bono. Sin embargo, sí que deberá asumir el IVA correspondiente, que no está cubierto por la subvención.
Sí, puedes solicitar varias soluciones dentro del programa del Kit Digital, siempre que se ajusten a los límites establecidos en las diferentes convocatorias. La posibilidad de solicitar varias soluciones depende del segmento de empresa en el que te encuentres, ya que cada uno tiene asignados diferentes importes máximos según el tipo de solución.
Cada solución debe corresponder a un servicio o herramienta digital específica. Por ejemplo, si tu empresa está en el segmento I, puedes solicitar varias soluciones siempre que no excedas el importe máximo que te corresponde. Además, es necesario justificar cada solución de manera individual y cumplir con los requisitos establecidos para cada una.
El catálogo de agentes digitalizadores es una especie de marketplace publicado por Red.es en el que se van incorporando los agentes digitalizadores que desean formar parte del programa de Kit Digital y que cumplen con los requisitos establecidos. Se trata de un catálogo oficial en el que puedes buscar a tu agente digitalizador filtrando por el tipo de soluciones que ofrece, por el tipo de actividad económica, o CNAE, o por la provincia en la que opera o en la que se encuentra su sede. Si quieres más información sobre nuestros servicios, puedes encontrar a goOne dentro del catálogo de agentes digitalizadores adheridos.
Para ser Agente Digitalizador sólo tienes que seguir estos 3 pasos:
1. Adhesionarte a través del formulario de la sede electrónica de Red.es.
2. Completar paso a paso todo el formulario señalando cuáles son las soluciones que vas a ofrecer como agente digitalizador.
3. Promocionar los servicios que ofreces en tu web y redes sociales y suscribir los acuerdos de prestación de soluciones con las empresas o autónomos que puedan beneficiarse del Kit Digital.
Una vez realizada dicha solicitud, la Dirección de Economía Digital de Red.es se encargará de enviar las propuestas al órgano competente para que éste identifique a los agentes que cumplen con todos los requisitos. Esta resolución deberá hacerse pública en la Sede Electrónica de Red.es en un plazo máximo de 6 meses.
A la hora de solicitar la adhesión como Agente Digitalizador no basta con apuntarse al programa, sino que también debes cumplir con una serie de requisitos imprescindibles para formar parte del catálogo de agentes digitalizadores:
Requisito 1: Cuando presentas la solicitud debes contar con una facturación acumulada de, mínimo, 100.000 euros en los dos años previos por solución adherida. Otra opción es tener 50.000 euros en el año anterior, provenientes de proyectos relacionados directamente con los que se van a llevar a cabo a los beneficiarios del programa, independientemente del tipo de solución.
Requisito 2: Si eres autónomo y no tienes trabajadores a tu cargo, la facturación requerida es de, mínimo, 70.000 euros en los dos años previos a tu solicitud. También es posible pedir la adhesión si cuentas con una facturación acumulada de 35.000 euros en el año anterior por la realización de proyectos similares a los que vas a desarrollar.
Requisito 3: Esta facturación deberá haberse obtenido en el mercado español.
Requisito 4: Acreditar que tu domicilio fiscal y la prestación de tus servicios se desarrolla dentro de la Unión Europea.
Requisito 5: Haber cumplido con todas las obligaciones tributarias ante la Seguridad Social.
Requisito 6: Que tu empresa no esté considerada en crisis.
Requisito 7: Tener condición de empresa según los requisitos del Anexo I del Reglamento(UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.